Micelio
Auto24 de agosto de 2016

A- de 2016

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Carlos Saul Sierra Niño

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia
  • Improcedencia de corrección
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de corrección de la sentencia C-262/16.

El memorialista pidió a la Corporación corregir la providencia de la referencia, en el sentido de indicar que su nombre correcto es Carlos Saúl Sierra Niño y no Carlos Saúl Guerra Niño, como quedó registrado en la misma.

Tras corroborar que la corrección invocada no se enmarca dentro de lo preceptuado en el artículo 286 del Código General del Proceso, se NIEGA la petición.

No obstante lo anterior, se dispone que en la Relatoría y en el portal web de la Corte Constitucional conste que el demandante en el proceso D-11030 es el señor Carlos Saúl Sierra Niño.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. NEGAR la solicitud de corrección de la sentencia C-262 de 2016, formulada por el señor Carlos Saúl Sierra Niño.
  2. Segundo. DISPONER que en el acta de 18 de mayo de 2016 conste que el demandante en el proceso de referencia D-11030 es el señor Carlos Saúl Sierra Niño.
  3. Tercero. DISPONER que en la Relatoría y en el portal web de la Corte Constitucional conste que el demandante en el proceso de referencia D-11030 es el señor Carlos Saúl Sierra Niño.
  4. Cuarto. Comuníquese la presente providencia al interesado, informándosele que contra la misma no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.